- El Ministerio Público comprobó que el funcionario dilató las investigaciones de los excongresistas Nilton Córdoba y Argenis Velásquez ...
- El Ministerio Público comprobó que el funcionario dilató las investigaciones de los excongresistas Nilton Córdoba y Argenis Velásquez
- También, que recibió cuantiosas sumas de dinero para actuar contrario a sus funciones legales y constitucionales
En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 18 años al magistrado auxiliar de la honorable Corte Suprema de Justicia, Camilo Andrés Ruiz, por ejecutar actos contrarios a sus deberes funcionales en la sustanciación y trámites de procesos penales en las vigencias 2015-2017.
El ente de control confirmó que el disciplinado, en su condición de magistrado auxiliar de la Honorable Corte Suprema de Justicia, adscrito al despacho del magistrado Gustavo Enrique Malo Fernández, para la época de los hechos, era el responsable de sustanciar, proyectar y gestionar el trámite procesal de los expedientes penales de ese despacho judicial.
A su vez, la entidad evidenció que el funcionario recibió altas sumas de dinero, por parte del abogado Luis Gustavo Moreno, para dilatar los trámites y retardar la sustanciación de investigaciones penales que se adelantaban contra el excongresista Milton Córdoba Manyoma, una de ellas relacionada con el reporte de una inexistencia explotación minera que habría facilitado un presunto lavado de activos y la otra relacionada con la construcción de la sede de la administración municipal en un predio sin los permisos establecidos en la ley, cuando aquel se desempeñaba como alcalde del municipio de Medio Baudó, Chocó.
Adicionalmente, el Ministerio Público corroboró que el abogado también le entregó al funcionario Camilo Andrés Ruiz dinero para retardar el trámite en el proceso penal adelantado contra la excongresista Argenis Velásquez Ramírez, relacionado con el cobro indebido de una comisión a una EPS cuando se desempeñaba como alcaldesa de Orito, Putumayo.
Por tanto, la Procuradora Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2 calificó la falta del exmagistrado como gravísima a título de dolo, al comprobar que actuó contario a sus deberes funcionales legales y constitucionales, con la finalidad de evitar fallos desfavorables para los citados excongresistas, con lo cual el investigado se puso al servicio de la organización criminal denominada el “cartel de la toga”, vulnerándose el principio de moralidad.
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