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Atención: A partir del 8 de Junio en los túneles 6 Bijagual II y 7 Buenavista II se iniciarán Fases de puesta en punto de los sistemas inteligentes de Transporte con tráfico controlado.

  ✓ Las pruebas incluirán la operación unidireccional y/o bidireccional de los túneles entre el K76+600 (Campamento la Flor) y el K82+300 (C...

 

✓ Las pruebas incluirán la operación unidireccional y/o bidireccional de los túneles entre el K76+600 (Campamento la Flor) y el K82+300 (CCO Buenavista).

✓ Se deberá respetar la señalización temporal instalada en los portales y al interior de los túneles.

✓ Las restricciones a vehículos definidas en la Resolución 2791 de 2004 se mantienen a excepción de los vehículos de agregados (Arenas y Gravas) que cumplan con los requisitos definidos a continuación.

La Agencia Nacional de Infraestructura ANI y Coviandina informan a la comunidad aledaña a la vía Bogotá – Villavicencio, a las autoridades y usuarios de la vía que, con el fin de realizar las pruebas y puesta a punto de los sistemas eléctricos, electromecánicos, e inteligentes de transporte (ITS) y, para familiarizar a los conductores con la nueva infraestructura; a partir del 8 de junio de 2022 y por un periodo aproximado de un (1) mes se permitirá el paso controlado de vehículos por los nuevos túneles en el horario comprendido entre las 10:00 de la mañana y las 4:00 de la tarde, aclarando que la operación podrá ser Unidireccional (Bogotá – Villavicencio) o Bidireccional dependiendo de las pruebas que se estén realizando, por lo que en ambos casos se mantendrán las restricciones al paso de vehículos establecidas por la Resolución 2791 de 2004, a excepción de los vehículos de transporte de agregados afiliados a FEDETRANSCARGA y ASOGRAVAS con quienes se realizó una prueba piloto que les obligó a adecuar sus vehículos para evitar la contaminación de la infraestructura.


En ese sentido mientras se realizan dichas pruebas se deberá atender las siguientes condiciones para el paso seguro por los túneles como son las siguientes:

1. Esté atento a la señalización temporal instalada antes del ingreso a los túneles, la cual le orientará si el túnel está unidireccional o bidireccional, en ninguno de los casos efectúe adelantamientos y/o cambios de carril al interior de los mismos.

2. En condición unidireccional los vehículos de carga pesada deberán circular por la derecha por todo el trayecto.

3. No se puede adelantar al interior de los túneles en condición bidireccional.

4. Conserve una distancia mínima de 50 metros (el espacio entre 2 luces azules) tanto en movimiento como en caso de detención con el vehículo que le antecede.

5. Sintonice la frecuencia 89.6 FM en su radio.

6. Circule con las ventanas cerradas y con el sistema de ventilación en modo recirculación.

7. No supere la velocidad máxima definida en la señalización variable.

8. No está permitido el ingreso de Ciclistas, Peatones, Motociclistas, Vehículos de Tracción Animal, Vehículos de Enseñanza Automovilística, y aquellos de carga cuyos productos están restringidos por la Resolución 2791 de 2004.

9. Las empresas, particulares o agremiaciones de transporte de agregados que pretendan ingresar sus productos por los túneles (Gravas y Arenas) deberán coordinar con sus transportadores la adecuación de los vehículos de carga para que cumplan como mínimo con los siguientes requisitos:

a. El vehículo deberá tener la carpa en buen estado y deberá descolgarse por los costados al menos 50 cm en todo el contorno del volco; la carpa deberá venir amarrada y templada.

b. El material no deberá sobresalir por la parte superior del volco (morro), sino que deberá ser enrazada para que quede al menos entre 15 a 20 cm por debajo del nivel máximo del volco para evitar vertimientos por sus costados.

c. El vehículo deberá llegar limpio en todo su contorno (sin presencia de material sobre los laterales y zona de compuerta) preferiblemente lavado.

d. Las llantas del vehículo deberán venir limpias y sin presencia de material entre las mismas.

e. En el caso de transportes de arenas o gravas con finos, las compuertas deberán contar con un sello en neopreno de al menos 2 cm de espesor en los laterales y parte inferior continuo que impida la salida del material fino; en caso de que se presenten pequeñas filtraciones de agua, esta deberá encontrarse limpia (no barro, no lechada). El compartimiento debe procurar ser estanco (sin fugas)

f. Las empresas o particulares interesadas en pasar deberán remitir el listado de su flota vehicular (placas de vehículos y remolques) como requisito para permitir el ingreso con el fin de que se les haga la verificación al cumplimiento de lo anteriormente escrito por parte de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional (DITRA).

g. Los listados de los vehículos que se postulen para el ingreso deberán ser remitidos antes del 8 de junio de 2022 a los correos atencionalusuario@coviandina.com y operaciones@coviandina.com.

h. Los vehículos que no estén en los listados no podrán ingresar a los túneles.

i. Tampoco podrán ingresar aquellos vehículos que aun estando en los listados, no cumplan con las condiciones expuestas en los apartados anteriores.

j. Un vehículo que ingrese sin el cumplimiento de los requisitos será considerado como infractor de la Resolución 2791 de 2004 y en concordancia con lo anterior la autoridad de tránsito podrá imponer las sanciones correspondientes.

k. Se recomienda ver el siguiente video publicado en la red social (Youtube) facilitado por FEDETRANSCARGA donde se muestra las adecuaciones efectuadas a los vehículos para el paso por los túneles Bijagual y Buenavista. https://www.youtube.com/watch?v=IorgrJSgosI

l. Las demás empresas de agregados interesadas en ingresar sus vehículos podrán ponerse en contacto con la Dirección de Operaciones del Concesionario a través del correo operaciones@coviandina.com.

10. Para el caso de los vehículos que transportan ganado vivo, solo se permitirá el paso de aquellos vehículos que no generen vertimientos sobre la vía, por lo que se les insiste a los transportadores adecuar sus vehículos para que sean estancos (preferiblemente con doble piso)

11. Los vehículos de transporte de agregados, y ganado vivo que no cumplan con los requisitos anteriores no podrá ingresar a los túneles y deberán tomar la vía antigua a Bogotá (Pipiral – Glorieta la Grama) sin excepción.

12. Las Cargas Extradimensionadas solo podrán pasar por los túneles nuevos en el horario de 10 am a 4 pm para el sentido Bogotá – Villavicencio cuando el túnel esté unidireccional, por favor infórmese en el peaje de Pipiral al momento de realizar la inspección del vehículo por cual vía puede pasar. Para el sentido Villavicencio – Bogotá se deberá tomar la vía antigua obligatoriamente.

¡Cumplimos con hechos!

“Construimos Infraestructura Vial que Conecta Vidas”

¡Su Seguridad Nuestra Prioridad!

1 comentario

  1. Más avances en la vía Bogotá - Villavicencio. Importante para nosotros los llaneros, porque se normaliza la llegada masiva de turistas, se mejora la economía y se facilita la salida y llegada de productos de toda clase.

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