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Empresarios podrán pagar impuestos con obras en zonas afectadas por el conflicto

​ El Presidente Juan Manuel Santos reglamentó la reforma tributaria que permite que los empresarios financien obras y paguen parcialmente el...


El Presidente Juan Manuel Santos reglamentó la reforma tributaria que permite que los empresarios financien obras y paguen parcialmente el impuesto sobre la renta y complementario a cargo, lo cual llevará desarrollo y empleo a amplias regiones del territorio.

Los empresarios quedaron autorizados para pagar los impuestos mediante la ejecución de obras de trascendencia social en las zonas más afectadas por el conflicto, lo que constituye un paso fundamental para llevar desarrollo a cerca de la mitad del territorio.

El Presidente Juan Manuel Santos, en compañía de sus ministros, reglamentó la parte correspondiente al a Reforma Tributaria aprobada por el Congreso, que permite el mecanismo de “obras por impuestos”, como suministro de agua potable, alcantarillado, energía, salud pública, educación pública, y la construcción y reparación de infraestructura viales en los 344 municipios definidos.

“El sector privado es un elemento clave en construcción de la paz. Queremos aprovechar esta nueva circunstancia para generar más empleo, más desarrollo económico, y construir tejido social en las zonas más afectadas por el conflicto armado”, dijo el Primer Mandatario.

“Ustedes se han puesto al camiseta de la paz y del desarrollo de las zonas más afectadas. Juntos vamos a hacer cosas muy importantes en el futuro. Estamos construyendo una base sólida en los territorios que durante tanto, tanto tiempo solo vieron violencia y conflicto. Este decreto lo que nos estimula es a trabajar juntos para beneficio de todos los colombianos”, agregó.

Resultados satisfactorios

Esta política ha mostrado resultados satisfactorios para mejorar la ejecución y la calidad de los proyectos de infraestructura en otros países como Perú, donde ha venido implementándose desde el año 2007.

La Ley 1819 del 2016 que hoy se reglamenta, abre la posibilidad para que las empresas que durante el período hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 33.160 UVT (para este año $1.071 millones) paguen hasta el 50% del impuesto de renta en inversión directa en proyectos viabilizados y prioritarios de interés social en las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (Zomac).

Es decir, en lugar de transferir el dinero al tesoro nacional por intermedio de la Dian, el contribuyente podrá elegir un proyecto de interés social en las Zomac, aportar recursos para la ejecución de dicho proyecto y pagar parcialmente el impuesto de renta a cargo.

Por ejemplo, un empresario que tenga a cargo $200 millones de impuesto de renta se le permitirá financiar obras hasta por un valor del 50% en obras que beneficio social en las zonas más afectadas por el conflicto.

La Reforma Tributaria también abrió la posibilidad para que los contribuyentes opten por otra modalidad que consiste en que cuando los proyectos de infraestructura superen el 50% del impuesto a cargo, los contribuyentes pueden hacer uso de un descuento efectivo en el pago del impuesto.

Modalidades

Es decir, el mecanismo de pago “Obras por Impuestos” es una forma más de extinción de las obligaciones tributarias a través de dos modalidades:

Modalidad 1. Si el aporte para el proyecto es hasta del 50% o menos del impuesto de renta y complementario a cargo en el respectivo periodo gravable, la obligación tributaria vinculada a “obras por impuestos” a través de un procedimiento previo, se extinguirá una vez le emitan al contribuyente o responsable del impuesto, el certificado de entrega de la obra totalmente construida y en disposición para su uso y/o funcionamiento junto con la conformidad de la debida satisfacción por parte del interventor.

Modalidad 2. Si la inversión supera el 50% del impuesto a cargo del respectivo periodo gravable, los recursos consignados en la fiducia de destino exclusivo a la construcción de la obra, podrán ser usados para el pago de hasta el 50% del impuesto sobre la renta a cargo liquidado en el año gravable. Este descuento podrá efectuarse en cuotas iguales durante un periodo de 10 años contados a partir del inicio de la ejecución del proyecto.

Para poder acceder a estos proyectos, se debe seleccionar una iniciativa y registrarla en la Agencia de Renovación del Territorio (ART), que es la entidad encargada de mantener actualizado el banco de proyectos de inversión en las Zomac.

Posteriormente deberá presentar una solicitud, indicando el proyecto y la modalidad de pago, constituir una fiducia y depositar el valor de los impuestos y, finalmente, ejecutar y entregar la obra.

El contribuyente también puede seleccionar una obra previamente registrada en el banco de proyectos. En este caso, solo deberá adelantar el proceso a partir de la presentación de la solicitud.

Esta nueva alternativa no solo permitirá más transparencia en la inversión en infraestructura, sino que agilizará la ejecución de las obras y beneficiará a más de 300 municipios.

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